viernes, 29 de enero de 2016

Postúlate para ser el nuevo alcalde de la localidad 18

 

Instructivo para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales 2016-2019 y solicitud de convocatoria a sesiones extras a las Juntas Administradoras Locales.La Secretaria Distrital de Gobierno en el marco de las atribuciones previstas en el Decreto Distrital 539 de 2006 y particularmente como entidad encargada de la coordinación de las relaciones políticas de la Administración Distrital en sus distintos niveles, es responsable de establecer el cronograma a seguir en el proceso de integración de ternas para ta designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales e impartir mediante circular las orientaciones para el debido cumplimiento del mismo; lo anterior, en desarrollo del principio de colaboración armónica de los órganos estatales y en cumplimiento del artículo 2o del Decreto Nacional 1350 de 2005 y del artículo 11° del Decreto Distrital 011 de 2008.

Descargue el formulario



Formato de inscripción debidamente diligenciado y firmado.

“Formato Único de Hoja de vida de Persona Natural” del Departamento Administrativo de la Función Pública del o de la postulada (en medio físico y magnético), debidamente soportada.

Fotocopia legible y ampliada al 150% de la Cédula de Ciudadanía.

Afirmación del aspirante, que se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento, de no encontrarse incurso (a) en ninguna de las causales de inhabilidad de que trata el artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, ni presentar antecedentes judiciales. La exigencia contenida en el numeral 2 “Etapas del Proceso”, apartado “De la inscripción de aspirantes “de la Circular 003 del 18 de enero de 2016 sobre inhabilidades para la inscripción, no aplica en lo pertinente a la causal de inhabilidad cuarta (4) del artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, por lo que la afirmación que se exige a los y las aspirantes de no encontrarse incurso (a) en ninguna de las causales de inhabilidad de la norma citada, solamente será requerida respecto de las causales de inhabilidad de los numerales 1, 2, 3 y 5 del artículo 66 ibídem.

De acuerdo con el tipo de vinculación con la localidad que se quiera acreditar, se puede presentar uno o más de los siguientes documentos:

Certificación actualizada expedida por la Alcaldía Local, para acreditar residencia.

Certificado de Cámara y Comercio con una expedición no mayor a tres meses, para acreditar actividad industrial o comercial.

Certificación en la que conste el tiempo de trabajo y la dirección de la empresa, así como la naturaleza jurídica y domicilio de la misma, para acreditar actividad laboral.

Certificación expedida por la persona jurídica, en la que conste funciones desempeñadas, tiempo de servicio, domicilio y naturaleza de la persona jurídica, para acreditar una actividad profesional.

Afirmación del aspirante, que se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento, en la que se señale la actividad profesional, tiempo de ejercicio y ubicación en donde se ha desarrollado; para acreditar la actividad profesional que haya sido ejercida de manera independiente.

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